El Constitucional suspenderá el nuevo modelo económico de Monago

José Antonio Monago habló el lunes del "impulso de un nuevo modelo productivo en nuestra región", del "cambio de modelo productivo", del "nuevo modelo productivo que estamos impulsando en Extremadura", de "nuestro nuevo modelo económico"... De ello queda constancia en la captura de más abajo obtenida de la web de la Junta gobex.es, página oficial aunque no lo parezca por lo de "El presidente Monago pone el listón de la transparencia más alto que nadie con la publicación de las finanzas" arriba a la derecha de la imagen.

Le recomendamos prudencia al Sr. Monago con los cambios de modelo habida cuenta de que el pleno del Tribunal Constitucional suspendió la consulta que había convocado para el próximo domingo el Gobierno de Canarias, al admitir a trámite el recurso que decidió el Consejo de Ministros por considerar que no sólo se trata de un referéndum, correspondiendo su regulación y autorización exclusivamente al Estado, sino que además también es una competencia exclusiva del Estado el asunto sobre el que se pretende consultar: al parecer la política energética, según infieren de la pregunta "¿Cree usted que Canarias debe cambiar su modelo medioambiental y turístico por las prospecciones de gas o petróleo?".

¿Es anticonstitucional entonces el Estatuto de Autonomía extremeño al incluir entre las Competencias de desarrollo normativo y ejecución (Artículo 10), la de "Medioambiente. Regulación y protección de la flora, la fauna y la biodiversidad. Prevención y corrección de la generación de residuos y vertidos y de la contaminación acústica, atmosférica, lumínica, del suelo y del subsuelo. Regulación del abastecimiento, saneamiento y depuración de las aguas. Montes, aprovechamientos forestales y vías pecuarias" o "Régimen minero y energético e instalaciones radioactivas de segunda y tercera categorías"?

Por no hablar de que entre las Competencias exclusivas (Artículo 9) figura la del "Régimen y convocatoria de consultas populares no vinculantes diferentes al referéndum".

La inocente pregunta, en cualquier caso, no contraviene para nada el artículo 149 de la Constitución, porque ni el Gobierno canario ni Monago están asumiendo competencias exclusivas del Estado sobre "BASES y COORDINACIÓN de la planificación GENERAL de la actividad económica", "Legislación BÁSICA sobre protección del medio ambiente, sin perjuicio de las facultades de las Comunidades Autónomas de establecer normas adicionales de protección. La legislación básica sobre montes, aprovechamientos forestales y vías pecuarias", "BASES del régimen minero y energético" o incluso la "Autorización para la convocatoria de consultas populares por vía de referéndum".


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